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Aunque en la actualidad no es obligatorio el tener asegurado el coto de caza, si que existe en la Ley 8/2003 de 28 de octubre de la flora y la fauna silvestre, en el artículo 34 “la Responsabilidad por daños”, de forma que responsabiliza a los titulares del aprovechamiento de los daños causados dentro del coto de caza, debido a esto cada vez son más cotos de caza desde la entrada de la nueva legislación los que optan por asegurar su acotado.
Desde M + C CONSULTORES ponemos a disposición de nuestros clientes una amplia gama de seguros de caza, entre los que se encuentra la posibilidad de asegurar el acotado.
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